Vía Notarial Express · Ley Orgánica 1/2025
Divorcio listo para firma en 48 horas.
Sin juicios. Sin esperas. La vía notarial más rápida de España con abogado incluido y plena validez legal.
Comprueba tu viabilidad
Descubre en 60 segundos si cumples los requisitos
¿Estáis ambos de acuerdo en tramitar el divorcio?
La vía notarial requiere mutuo acuerdo entre ambos cónyuges.
¿Tenéis hijos menores de edad o dependientes?
Los hijos menores requieren intervención judicial. Los mayores de edad deben consentir las medidas que les afecten.
¿Deseáis liquidar bienes en común?
Vivienda, cuentas bancarias, vehículos u otros bienes compartidos.
Cumplís todos los requisitos para la Vía Notarial Express
Podéis tener vuestro divorcio listo para firma en 48 horas hábiles.
- Abogado especialista asignado
- Redacción del Convenio Regulador
- Gestión completa ante Notaría
- Inscripción en el Registro Civil
Tu caso requiere atención especializada
Nuestro equipo de mediación puede ayudarte a encontrar la solución más rápida y económica.
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Nuestro equipo confirmará tu cita en menos de 2 horas.
Requisitos
¿Qué se necesita para la vía notarial?
Mutuo acuerdo absoluto
Ambos cónyuges deben estar 100 % de acuerdo en el divorcio y en las condiciones del Convenio Regulador.
Sin hijos menores
Solo aplicable sin hijos menores de edad ni con capacidad modificada judicialmente.
+3 meses casados
Es el plazo legal mínimo desde la celebración del matrimonio.
Abogado obligatorio
La ley exige la intervención de un letrado en ejercicio. Nuestro servicio ya lo incluye.
Documentación
Prepara tu carpeta
En vigor, de ambos cónyuges
Expedido por el Registro Civil (validez máxima 3 meses)
Determina la notaría competente
Original o copia compulsada
Lo redacta nuestro equipo legal — incluido en el precio
Preguntas frecuentes
Resolvemos tus dudas
¿Tiene la misma validez que un divorcio en un juzgado?
Sí. El divorcio notarial tiene exactamente los mismos efectos jurídicos que una sentencia judicial y se inscribe igualmente en el Registro Civil. No existe ninguna diferencia legal entre ambas vías.
¿Cuánto tarda realmente?
Una vez aportada la documentación y redactado el Convenio Regulador, la firma ante notario se puede agendar en 24-48 horas hábiles, frente a los meses que puede tardar la vía judicial.
¿Qué pasa con la nueva Ley de 2025?
La Ley Orgánica 1/2025 de medidas de eficiencia impulsa los acuerdos extrajudiciales (MASC). La vía notarial es la salida más eficiente, rápida y perfectamente alineada con la nueva normativa.
¿Qué incluye el precio de 499 €?
Todo lo necesario: abogado especialista, redacción del Convenio Regulador, gestión completa ante Notaría e inscripción en el Registro Civil. Sin costes ocultos.
¿Puedo pagarlo a plazos?
Sí. Ofrecemos 3 cuotas mensuales de 166,33 €. Sin intereses ni comisiones adicionales.
¿Listo para empezar?
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